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CASTIGARÁN CONDUCTAS QUE CAUSEN DISCRIMINACIÓN A GRUPOS VULNERABLES

by Redacción
14 abril, 2024
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CASTIGARÁN CONDUCTAS QUE CAUSEN DISCRIMINACIÓN A GRUPOS VULNERABLES
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Hermosillo, Sonora.- La prohibición a todo tipo de esfuerzos para corregir la orientación sexual o identidad de género (ECOSIG) quedó establecida en las legislaciones tanto penal como de salud del Estado de Sonora, al ser consideradas prácticas que han originado la violación de los derechos de personas integrantes de la comunidad LGBTTTI, aprobó por mayoría el Congreso del Estado.

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, que estudió la iniciativa presentada el 2 de julio del presente por la diputada Rosa Elena Trujillo Llanes, fundamentó el dictamen con base en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, además de la Constitución Federal y la local.

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Es necesario que el Poder Legislativo actualice el marco legal para prevenir, investigar y, por consiguiente, castigar toda aquella conducta que cause discriminación a quienes integran un grupo vulnerable de la sociedad, como es la comunidad LGBTTTI, establece uno de los considerandos del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Sonora y de la Ley de Salud para el Estado de Sonora. 

“De todas las disposiciones, tanto de tratados internacionales como de las normas nacionales y locales señaladas con antelación, se desprende la obligación de esta Legislatura de llevar a cabo la actualización o modificación de nuestro marco constitucional o legal local, con el objeto de dar efectividad al disfrute de los derechos humanos en favor de todas y todos los sonorenses”, agrega. 

ECOSIG se le denomina al Esfuerzo para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género de las personas, cuya penalidad en el Código Penal será de dos a seis años de prisión y de 150 a 300 días de trabajo a favor de la población, así como multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y quedará obligada a la reparación del daño a la víctima u ofendido.

En la Ley de Salud para el Estado de Sonora, el Decreto que adiciona el Artículo 148 Quinquies, señala la suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años a las personas profesionistas, profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con las prácticas médicas y de salud que instigue, promueva, permita, consienta, coaccione, someta, realice, imparta, aplique, obligue o financie tratamientos, con o sin fines de lucro a terapias de conversión.

En esta sesión ordinaria, la asamblea aprobó el proyecto de Decreto que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Álamos, Sonora, para que afecte y otorgue, en garantía de pago, las participaciones que en ingresos federales le correspondan, con motivo de la celebración del convenio de incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, de los trabajadores al servicio de dicho Ayuntamiento y del Organismo Operador Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Álamos.

La Comisión de Hacienda presentó el dictamen en el que establece que se autoriza al Ejecutivo del Estado para que se constituya como garante o aval solidario en el convenio que celebre el Ayuntamiento de Álamos con el IMSS, para que los trabajadores de dicho Municipio y del organismo, puedan recibir el servicio y las prestaciones que otorga la institución.

En el Artículo Tercero del Decreto se autoriza al Ejecutivo del Estado para que, a través de la Secretaría de Hacienda del Estado, retenga las aportaciones federales que le correspondan al Ayuntamiento de Álamos, Sonora, y realice el pago al referido Instituto Mexicano del Seguro Social, lo que deberá hacerse mediante la firma del Contrato de Mandato Especial Irrevocable para Actos de Dominio.

En el desarrollo de la sesión, la Presidencia turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos una iniciativa presentada por el grupo parlamentario de MORENA, con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código de Familia y a la Ley del Registro Civil, ambos para el Estado de Sonora, con el objeto de que cualquier persona que quiera disolver su matrimonio, pueda realizarlo ante una Oficialía del Registro Civil, dependencia ante la cual realizó precisamente el trámite de matrimonio.

La diputada Azalia Guevara Espinoza expuso ante el Pleno que, el divorcio que se propone introducir en la Ley es un divorcio administrativo, el cual será procedente solo cuando no tengan hijas o hijos menores de 18 años de edad o, teniéndolos, no estén sujetos a tutela, y que el matrimonio se hubiere celebrado bajo el régimen de separación de bienes o, en el caso de que se hubiese establecido la sociedad conyugal, no existan bienes qué dividir provenientes de la misma o se hubiere liquidado dicha sociedad ante autoridad judicial o Notario Público.

La Comisión de Hacienda estudiará por su parte una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de presupuesto y gasto público estatal, mediante el cual se establecen criterios y parámetros para la evaluación de los programas sociales, presentada por las y los integrantes del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Ernesto De Lucas Hopkins indicó que proponen que, en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado que se presenta al Congreso local, se cuente con un apartado con información específica de cada uno de los programas sociales, lo cual permitirá al Poder Legislativo realizar un ejercicio puro de verificación de la ejecución del gasto, ya que de manera trimestral se contaría con información que permita verificar la eficacia en la implementación de dichos programas. 

En el orden del día siguió la presentación de una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al Artículo 329 del Código Penal del Estado de Sonora, presentada por la diputada María Jesús Castro Urquijo, integrante del grupo parlamentario de MORENA, a efecto de establecer la imposibilidad de considerar como excluyente de responsabilidad, cualquier tipo de encubrimiento relacionado con el delito de feminicidio.

Planteó aplicar como encubrimiento cuando se presenten los supuestos de feminicidio por razones de género, contemplados en el Artículo 263 BIS 1 del Código Penal de Sonora, siempre y cuando se trate del delito de feminicidio, de tal forma que resulta de necesidad imperiosa contar con cuerpos normativos eficientes, que no permitan ningún resquicio de impunidad.

“Dadas las circunstancias de alta violencia que vivimos en la actualidad no podemos ni debemos permitirnos el que familiares, amigos o parejas sentimentales aprovechen esos lazos con un presunto delincuente y entorpezcan las investigaciones de un delito que lastima tanto a la sociedad, como lo es el feminicidio, propugnando siempre la vida y dignidad de las mujeres”, aseveró la legisladora, cuya iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Antes de clausurar la sesión y citar para la próxima este jueves 8 de diciembre, a las 10:00 horas, el diputado Sebastián Antonio Orduño Fragoza, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, presentó un posicionamiento en relación con el aumento al salario mínimo acordado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

Afirmó que el monto independiente por recuperación es un mecanismo cuya única finalidad es la recuperación del poder adquisitivo de los salarios mínimos y es una cantidad absoluta en pesos, que no debe ser utilizada como referente para fijar otros salarios vigentes, como los contractuales, federales, estatales ni municipales, siendo dicho monto una de las políticas salariales más exitosas aplicadas por el Gobierno Federal.

“Sin duda estamos de acuerdo con el Presidente de la República cuando señala que el aumento a los salarios mínimos y la estrategia de recuperación del poder adquisitivo, se ha convertido en un hecho histórico, esto debido a que en 40 años no aumentaba el salario mínimo en esta proporción. 

“Dicho logro es el reflejo de un adecuado consenso entre los integrantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, demostrando además que el tripartismo y el diálogo social son elementos necesarios para construir acuerdos en beneficio de las y los trabajadores de nuestro país”, puntualizó.

 

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