Ciudad de México.- La reforma electoral sigue girando en un laberinto interminable. La aprobación en la Cámara de Diputados, del plan B de dicha ley propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, ha levantado reacciones en el ámbito político. Una de ellas, la de Porfirio Muñoz Ledo, quien acusó al mandatario de impulsar un golpe de Estado.
“La iniciativa electoral de AMLO significa un golpe de estado contra nuestro régimen constitucional. El Senado no debe aprobarla y el Presidente debe ser procesado ante la Corte Penal Internacional. Tenemos el derecho a revelarnos contra la opresión”, señaló Muñoz Ledo a través de Twitter.
El plan B de la reforma electoral ‘empujado’ por López Obrador obtuvo 261 votos a favor y 216 en contra (de la oposición) durante la votación que ocurrió en la Cámara de Diputados, el pasado miércoles 7 de diciembre. El paquete de reformas se turnó al Senado para su discusión.
Los partidos aliados de la llamada 4T incluyeron cambios en el Artículo 52 de la Ley General de Partidos Políticos, que “los partidos políticos con registro nacional vigente conservarán su registro local y obtendrán financiamiento público en la entidad correspondiente, con la sola conservación de su acreditación nacional”.
También, en el artículo 12 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se agregó que “los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de Candidatura Común. En este caso aparecerá en un mismo recuadro de la boleta electoral el logo o emblema de los Partidos que decidan participar en esta modalidad. Los Partidos deberán celebrar un convenio de distribución de los votos emitidos”.
Además, en el artículo 15 se añade que “al partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro, salvo que haya conservado el registro como partido local, obteniendo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas en donde se haya desarrollado una elección concurrente, esto aplicará para la elección donde se elijan Presidente de la República, senadurías y diputaciones federales, así como en la elección donde sólo se renueve la Cámara de las y los Diputados”.
Información: El Financiero