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Criminalizar la pobreza en México

by Isela Hong
28 noviembre, 2024
in México, Principal, Seguridad, Sonora, Ultimas noticias Arizona
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Criminalizar la pobreza en México
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Alejandro Matty Ortega/AM Diario

La aprobación de la prisión preventiva oficiosa en México es uno de los cambios legislativos más controversiales de los últimos años, especialmente desde que fue incorporada en la reforma constitucional de 2014.

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Desde hoy, aparentemente criminalizará la pobreza por afectar a las personas acusadas que carecen de recursos económicos para contratar su defensa jurídica en un eventual proceso al que llegará en condiciones adversas y de estado de indefensión.

Constitucionalistas consultados por este espacio de reflexión, consideran que esta medida establece que ciertos delitos graves, como los relacionados con el crimen organizado, el narcotráfico, y algunos delitos violentos, pueden llevar de manera automática a la detención preventiva de los acusados, independientemente de su culpabilidad o inocencia, sin que medie una valoración judicial previa.

Si bien la intención detrás de la reforma es garantizar la seguridad y la administración de justicia en casos de delitos graves, sus repercusiones en materia de derechos humanos son alarmantes y requieren una reflexión profunda sobre el impacto en la justicia penal, la dignidad humana y las condiciones de vida de los detenidos.

Opinan que uno de los principios fundamentales del sistema de justicia penal es el de la presunción de inocencia, el cual establece que toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad en un juicio con las debidas garantías.

Esta regla es esencial para evitar la criminalización anticipada de personas que, por diversas razones, pueden ser acusadas injustamente; sin embargo, la prisión preventiva oficiosa socava este principio, ya que impone la detención de una persona bajo la acusación de un delito grave sin que se haya llevado a cabo una evaluación judicial rigurosa ni una sentencia condenatoria.

En lugar de garantizar la presunción de inocencia, esta práctica asume la culpabilidad del individuo y lo castiga de antemano, vulnerando su derecho a ser tratado como inocente hasta que se demuestre lo contrario.

La consecuencia más grave de esta vulneración es que, al imponerse la prisión preventiva oficiosa de manera automática, se desdibujan las fronteras entre juicio penal y condena anticipada.

Las personas detenidas en este contexto quedan privadas de libertad durante largos períodos, sin que exista una sentencia firme, lo que puede llevar a que se produzca un efecto punitivo preventivo que afecta la integridad de los acusados y su derecho a defenderse adecuadamente.

Establecen que la aplicación masiva de la prisión preventiva oficiosa también tiene un impacto directo en las condiciones de los centros penitenciarios en México, que ya enfrentaban una crisis de hacinamiento y sobrepoblación antes de la reforma.

La sobrepoblación carcelaria se ha convertido en un problema estructural en el sistema penitenciario mexicano, y la prisión preventiva oficiosa ha exacerbado esta situación; al ser un mecanismo de privación de libertad aplicado de manera masiva y sin el debido proceso, el número de personas en prisión preventiva ha aumentado considerablemente.

Este hacinamiento trae consigo una serie de violaciones de derechos humanos relacionadas con las condiciones de vida en las prisiones porque las personas detenidas preventivamente se ven obligadas a vivir en espacios estrechos, insalubres y violentos, lo que pone en riesgo su salud física y mental.

La falta de infraestructura, el acceso limitado a atención médica, las pésimas condiciones de higiene, y la violencia tanto de las autoridades como de otros internos son situaciones comunes en muchas prisiones mexicanas.

Estos hechos constituyen una clara vulneración de derechos fundamentales, como el derecho a la salud, a la integridad personal, a la seguridad, y a la dignidad humana.

Además, el hacinamiento y la carencia de recursos adecuados en los centros penitenciarios hacen que la reinserción social de los reclusos sea cada vez más difícil.

En lugar de cumplir con los objetivos rehabilitadores del sistema penitenciario, las personas detenidas en prisión preventiva oficiosa se ven atrapadas en condiciones que perpetúan la criminalización y la exclusión social, lo que agrava su situación y contribuye a la creación de un ciclo de violencia y pobreza.

Otro aspecto crucial en la discusión sobre la prisión preventiva oficiosa es el derecho a la defensa ya que las personas que son sometidas a esta medida, muchas veces, se encuentran en una situación de desigualdad frente al sistema de justicia.

La prisión preventiva impide que los acusados puedan contar con un tiempo adecuado para preparar su defensa, debido a que se encuentran privados de libertad, y muchas veces carecen de los recursos para contratar un abogado que los represente de manera eficaz.

Las condiciones de detención, como el hacinamiento y la falta de acceso a una comunicación adecuada con sus defensores, también dificultan su derecho a un juicio justo.

Los abogados expresan que el derecho a la defensa se ve afectado porque, al permanecer detenidos sin juicio, las personas no tienen oportunidad de ofrecer pruebas en su favor, de cuestionar las pruebas presentadas en su contra o de negociar posibles acuerdos con la Fiscalía.

Esto se convierte en una desigualdad estructural, ya que las personas con menos recursos económicos, que son las más propensas a ser detenidas preventivamente, se ven forzadas a aceptar acusaciones sin la posibilidad de un juicio adecuado.

Este desajuste en el sistema judicial crea un ambiente de impunidad, ya que las autoridades pueden abusar de la detención preventiva para obtener confesiones o presionar a los detenidos sin los debidos procedimientos legales.

La prisión en “automático” tiene un impacto desproporcionado en grupos vulnerables como mujeres, personas indígenas, personas con discapacidad y aquellas que viven en situaciones de pobreza.

Estos grupos enfrentan barreras adicionales para acceder a la justicia, como la falta de recursos, la discriminación sistémica y la ausencia de un entorno legal que proteja sus derechos.

Las mujeres, por ejemplo, pueden ser detenidas por delitos relacionados con la violencia de género o el narcotráfico sin una valoración adecuada de su contexto personal, lo que las coloca en una situación aún más vulnerable dentro del sistema penitenciario.

Las personas indígenas, por su parte, enfrentan obstáculos lingüísticos y culturales que dificultan su defensa, y pueden ser detenidas sin una traducción adecuada o sin que se tomen en cuenta sus particularidades.

El uso de la prisión preventiva oficiosa, además, genera un efecto de criminalización sobre las personas que ya viven en condiciones de marginalidad, contribuyendo a la perpetuación de desigualdades estructurales.

En este sentido, la medida afecta principalmente a quienes no tienen los recursos o el acceso a una defensa eficaz, lo que incrementa la discriminación y la exclusión dentro del sistema penal mexicano.

Finalmente, otro aspecto crucial es la falta de revisión judicial en la implementación de la prisión preventiva oficiosa porque la detención de una persona debe ser una medida excepcional, y en su caso, debe ser revisada periódicamente para asegurar que continúe siendo necesaria.

Sin embargo, en la práctica, muchas personas permanecen detenidas sin que se les realice una revisión o se les otorgue la oportunidad de impugnar la medida y esto se convierte en una forma de impunidad, donde las personas permanecen en prisión durante meses o incluso años sin un juicio justo.

La detención preventiva oficiosa o ex profeso, en muchos casos, se convierte en una especie de castigo anticipado, sin que exista una sentencia que respalde la medida.

La aprobación de la prisión preventiva oficiosa en México ha generado una serie de repercusiones que no sólo afectan el funcionamiento del sistema de justicia penal, sino que tienen un impacto directo y profundo sobre los derechos humanos de las personas detenidas.

La medida socava el principio de la presunción de inocencia, genera condiciones inhumanas de detención, afecta el derecho a una defensa adecuada y perpetúa la discriminación estructural en el acceso a la justicia.

Si bien la medida busca garantizar la seguridad pública, es esencial que se revalúe su aplicación en aras de proteger los derechos humanos, evitando que la justicia penal se convierta en un mecanismo de castigo anticipado y promoviendo un sistema que garantice el derecho a un juicio justo, la libertad personal y la dignidad humana para todas las personas.

Al convertirse en una realidad que criminalizará la pobreza, pues que de una vez que México deje de formar parte de los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos y que venga el autoritarismo con olor a Dictadura.

Al tiempo.

*El autor es periodista con más de 30 años de experiencia en medios de comunicación escritos y digitales en Ciudad de México, Sonora y Arizona, además Premio Nacional de Periodismo 2010 por “Mejor Reportaje Web en México”.

Es Director General de AM Diario, colaborador del medio binacional Irreverente Noticias, Dossier Político, Pajarito News y Esfera Noticias

Tags: Alfonso DurazoClaudia SheinbaumGobierno de Sonora
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